Prohíben circulación vehículos de carga feriados navidad y año nuevo

Martes, 22 Octubre 2019

Vehículos pesados deberán cumplir con resoluciones de: Luces Led, Gomas lisas, Tuercas puntiagudas y Velocidad en las vías.

Santo Domingo, 22 de octubre 2019.-El Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (INTRANT), prohibió la circulación de vehículos de carga durante feriados de Navidad y Año Nuevo.

Mediante un aviso de prensa, el organismo explicó que a partir del lunes 23 de diciembre a las 12:00 del mediodía y hasta el jueves 26 a las 6:00 de la mañana, queda prohibida la circulación de vehículos pesados en todo el territorio nacional.

Asimismo, el INTRANT indica que, para feriado de Año Nuevo, la medida aplica desde el lunes 30 de diciembre de 2019 a las 12:00 del mediodía, hasta el jueves dos (2) de enero del 2020 a las 6:00 de la mañana.

De la medida que prohíbe la circulación de vehículos pesados quedan exceptuados las camionetas, furgonetas, ambulancias, vehículos de emergencia y aquellos de servicios de agua en cisterna, electricidad, cable, telefonía, sanitario, de mantenimiento vial e higiene urbana.

El Intrant informó que la única razón para justificar la circulación en los días y horarios señalados es para acarrear combustible, agua, leche, pollo, cerdos, alimentos perecederos en corto tiempo y materiales para organización de eventos, en camiones de no más de una cola, debidamente inscritos en el Registro Nacional de Cargas y autorizados por la institución mediante permisos con protección QR para su fiscalización.

Dichos permisos deben ser solicitados y pagados en línea a través de la página web del INTRANT www.intrant.gob.do desde el 21 de octubre hasta el 20 de diciembre de 2019.

Para la validez de los permisos de circulación, los vehículos deben cumplir con las resoluciones emitidas por el INTRANT sobre normas básicas de seguridad vial, uso e instalación de neumáticos no aptos para la circulación (gomas lisas), luces led, e instalación de tuercas decorativas puntiagudas.

Por la seguridad de todos en las vías, los vehículos de cargas deberán conducir a 70 kilómetros por hora y viajar siempre por el carril del extremo de derecha en todas las carreteras del país en cumplimiento de la Ley 63-17 de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial de la República Dominicana.

El organismo rector del transporte busca reducir la mortalidad por siniestros viales en el país, y en ese sentido trabaja para reducirla en un 30% al 2020.